Larenuncia del presidente de una comunidad de propietarios tiene consecuencias importantes desde el punto de vista jurídico. En este artículo especializado exploraremos la jurisprudencia al respecto y analizaremos las implicaciones de la dimisión del presidente en la gestión y administración de la comunidad de propietarios.
Segúnse describe en el art. 13.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), el Presidente “ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecte”.
Enprimer lugar, respecto al interrogante de si un usufructuario puede ser nombrado presidente de la Comunidad de propietarios, el artículo 13.2 de la LPH señala que el el presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo.
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ser presidente de la comunidad